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Oficina de Acceso a la Información Pública (OAIP)

De acuerdo a la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley 621) se crea en el año 2007 la Oficina de Acceso a la Información Pública del Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil (INAC). Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto normar, garantizar y promover el ejercicio del derecho de acceso a la información pública existente en los documentos, archivos y bases de datos de las entidades o instituciones públicas, las sociedades mixtas y las subvencionadas por el Estado, así como las entidades privadas que administren, manejen o reciban recursos públicos, beneficios fiscales u otros beneficios, concesiones o ventajas. La información privada en poder del Estado no será considerada de libre acceso público. Artículo 6.- Cada entidad de las comprendidas en la presente Ley, deberá crear una Oficina de Acceso a la Información Pública para lo cual se reorganizarán y adecuarán los recursos existentes. Esta oficina dependerá de forma directa de la máxima autoridad de cada entidad y tendrá como misión facilitar, a las personas que así lo demanden, el acceso a la información, creando un sistema de organización de la información y los archivos, con su respectivo índice de la información a su resguardo. Para los efectos del ejercicio del derecho de acceso a la información pública se dispone del Formulario para Solicitar Información y se deberá proceder de acuerdo a lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley 621 – Capitulo V).

Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil
Oficina de Acceso a la Información Publica
denuncias@inac.gob.ni
PBX: 2276-8580 Ext. 1150