Dirección De Asuntos Jurídicos Y Asistencia Técnica Aeronáutica
Forma parte de la estructura de Direcciones Específicas de la Autoridad de Aviación Civil y esta compuesta por los Departamentos de Asuntos Jurídicos Internacionales, Asuntos Jurídicos Institucionales, Sistema SMS-SSP/Planificación y Control de Calidad, Registro Aeronáutico, Instrucción Aeronáutica y Enlace OACI. Sus funciones son:
• Elaborar el Diagnóstico de Necesidades de Capacitación Institucional.
• Elaborar el Plan y Presupuesto Anual de Capacitación.
• Ejecutar el Plan Anual de Capacitación.
• Elaborar la programación de las capacitaciones.
• Realizar la coordinación y logística de las actividades de capacitación.
• Llevar registro actualizado del Personal Técnico del INAC en sus Expedientes de Instrucción.
• Actualizar la base de datos sobre las capacitaciones recibidas por el personal técnico del INAC.
• Verificar que los enfoques meteorológicos, instrumentales y técnicos sean ajustados al marco jurídico aeronáutico nacional.
• Evaluar las actividades de capacitación.
• Actualizar el Programa de Inducción para trabajadores de nuevo ingreso y coordinar la realización del mismo.
• Registro de la Propiedad Aeronáutica
• Documentos o actos auténticos, contratos o resoluciones que acrediten la propiedad de una aeronave o de los motores, la transfieran, modifiquen o extingan.
• Los derechos reales que se constituyan sobre las aeronaves, los contratos de arrendamiento o locación con o sin opción de compra y los que acrediten la utilización de las aeronaves.
• La inutilización o pérdida de las aeronaves.
• Las modificaciones sustanciales que se hagan a las aeronaves.
• Las pólizas de seguros constituidas sobre aeronaves o motores.
• Las escrituras públicas de hipotecas, gravámenes, embargos, interdicciones, medidas precautorias y demás trabas que pesen las aeronaves y motores.
• Los contratos de prenda industrial o comercial, según sea el caso, constituidos sobre equipos aeronáuticos con excepción de los motores.
• En general cualquier hecho que se vincule a la situación jurídica de las aeronaves.
• Las matrículas con las especificaciones del caso que individualicen las aeronaves, junto con sus respectivos certificados de aeronavegabilidad.
• Los Certificados de Explotador Aéreo y Autorizaciones para ejercer los servicios aéreos regulares, no regulares, nacionales, internacionales, privados, por remuneración, cancelaciones y modificaciones.
• Las licencias y habilitaciones del personal técnico aeronáutico de aire y suelo, las renovaciones, suspensiones o cancelaciones de las mismas.
• Los actos o resoluciones administrativas que autoricen la infraestructura aeroportuaria, talleres aeronáuticos, escuelas de aviación existentes en el país.
• Certificados de Explotador Aéreo, las concesiones y autorizaciones que conforme la presente Ley y reglamentos conexos se extiendan para ejercer el servicio de trasporte aéreo.
• Los demás documentos de trascendencia administrativa que exija la ley y sus reglamentos.