Registro Aeronáutico Nacional

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Oficina de Registro Aeronáutico Nacional: es una dependencia de la Dirección General de la Autoridad Aeronáutica Nacional. De acuerdo a la Ley General de Aeronáutica Civil, Ley 595, la Oficina de Registro Aeronáutico Nacional se divide en dos instancias: Registro de la Propiedad Aeronáutica y Registro Aeronáutico Administrativo.

El Registro de la Propiedad Aeronáutica inscribirá:

  • Documentos o actos auténticos, contratos o resoluciones que acrediten la propiedad de una aeronave o de los motores, la transfieran, modifiquen o extingan.
  • Los derechos reales que se constituyan sobre las aeronaves, los contratos de arrendamiento o locación con o sin opción de compra y los que acrediten la utilización de las aeronaves.
  • La inutilización o pérdida de las aeronaves.
  • Las modificaciones sustanciales que se hagan a las aeronaves.
  • Las pólizas de seguros constituidas sobre aeronaves o motores.
  • Las escrituras públicas de hipotecas, gravámenes, embargos, interdicciones, medidas precautorias y demás trabas que pesen las aeronaves y motores.
  • Los contratos de prenda industrial o comercial, según sea el caso,constituidos sobre equipos aeronáuticos con excepción de los motores.
  • En general cualquier hecho que se vincule a la situación jurídica de las aeronaves.

El Registro Aeronáutico Administrativo inscribirá:

  • Las matrículas con las especificaciones del caso que individualicen las aeronaves, junto con sus respectivos certificados de aeronavegabilidad.
  • Los Certificados de Explotador Aéreo y Autorizaciones para ejercer los servicios aéreos regulares, no regulares, nacionales, internacionales, privados, por remuneración, cancelaciones y modificaciones.
  • Las licencias y habilitaciones del personal técnico aeronáutico de aire y suelo, las renovaciones, suspensiones o cancelaciones de las mismas.
  • Los actos o resoluciones administrativas que autoricen la infraestructura aeroportuaria, talleres aeronáuticos, escuelas de aviación existentes en el país.
  • Certificados de Explotador Aéreo, las concesiones y autorizaciones que conforme la presente Ley y reglamentos conexos se extiendan para ejercer el servicio de trasporte aéreo.
  • Los demás documentos de trascendencia administrativa que exija la ley y sus reglamentos.

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“El Príncipe de las Letras Castellanas”. “Padre del Modernismo”
Rubén Darío.